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Denominación de Origen

¿Qué es la Denominación de Origen?

De acuerdo al artículo 2 del Arreglo de Lisboa la Denominación de Origen es definida como la denominación geográfica de un país, de una región o de una localidad que sirva para designar un producto originario del mismo y cuya calidad o características se deben exclusiva o esencialmente al medio geográfico, comprendidos los factores naturales y los factores humanos.

¿Qué es una indicación geográfica?

Una indicación geográfica es un signo utilizado para productos que tienen un origen geográfico concreto y cuyas cualidades, reputación y características se deben esencialmente a su lugar de origen.

Por lo general, la indicación geográfica consiste en el nombre del lugar de origen de los productos. Un ejemplo típico son los productos agrícolas que poseen cualidades derivadas de su lugar de producción y están sometidos a factores geográficos específicos, como el clima y el terreno.

¿Por qué debe protegerse una indicación geográfica?

Las indicaciones geográficas son más que un nombre o un símbolo. Son el reflejo de una reputación estrechamente vinculada a una zona geográfica, grande o pequeña, lo que les da un componente emocional. La reputación de una indicación geográfica es un bien colectivo, intangible. Si no se protege, podría ser utilizada sin restricciones, disminuiría su valor y finalmente acabaría perdiéndose.

¿Qué derechos confiere una indicación geográfica?

Por lo general, la protección de las indicaciones geográficas se obtiene mediante la adquisición de un derecho sobre el signo que constituye la indicación. Un derecho de indicación geográfica permite a quienes están facultados para utilizar la indicación impedir su uso a un tercero cuyo producto no se ajuste a las normas aplicables. Por ejemplo, en las jurisdicciones en las que se protege la indicación geográfica Darjeeling, los productores de té Darjeeling pueden excluir el uso de la palabra “Darjeeling” para el té que no se haya cultivado en las plantaciones de té de Darjeeling o que no se haya producido de acuerdo con las normas establecidas en el código de prácticas de la indicación geográfica Darjeeling.

Ahora bien, una indicación geográfica protegida no faculta a su titular a impedir que alguien elabore un producto utilizando las mismas técnicas que las que se establecen en las normas de la indicación geográfica.

¿En qué se diferencia una indicación geográfica de una denominación de origen?

Tanto las denominaciones de origen como las indicaciones geográficas requieren la existencia de un vínculo cualitativo entre el producto al que se refieren y su lugar de origen. Ambas informan a los consumidores sobre el origen geográfico de un producto y una cualidad o característica del producto vinculada a su lugar de origen. La diferencia fundamental entre las dos expresiones es que el vínculo con el lugar de origen debe ser más estrecho en el caso de la denominación de origen.

La calidad o las características de un producto protegido como denominación de origen deben ser exclusiva o esencialmente consecuencia de su origen geográfico. En general, esto significa que las materias primas deben proceder del lugar de origen y que el producto debe ser elaborado también allí. En el caso de las indicaciones geográficas, basta con que se cumpla un único criterio atribuible a su origen geográfico, ya sea una cualidad u otra característica del producto, o sólo su reputación. Además, la producción de las materias primas y la elaboración o transformación de un producto con indicación geográfica no tienen que llevarse a cabo necesariamente en su totalidad en la zona geográfica definida.

¿Cómo puede protegerse una indicación geográfica?

Existen tres formas principales de proteger una indicación geográfica:

los denominados sistemas sui géneris (regímenes especiales de protección); las marcas colectivas o de certificación; y las modalidades centradas en las prácticas comerciales, incluidos los regímenes administrativos de aprobación de productos.
Estos enfoques entrañan diferencias en cuestiones importantes, como las condiciones de protección o el alcance que esta tiene. Por otra parte, dos de las modalidades de protección, es decir, los sistemas sui generis y las marcas colectivas o de certificación, comparten algunas características comunes, como el hecho de que establecen derechos de uso colectivo para quienes cumplan las normas definidas.

Por lo general, las indicaciones geográficas reciben protección en diferentes países y regiones mediante gran variedad de sistemas, y con frecuencia utilizando una combinación de dos o más de los sistemas indicados anteriormente. Tales sistemas se han elaborado con arreglo a distintas tradiciones jurídicas y en el marco de condiciones históricas y económicas particulares.

Denominación de origen en México

México está suscrito desde 1958 al Arreglo de Lisboa, relativo a la protección de denominaciones de origen y su registro internacional. En nuestra nación es el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), el organismo que se encarga de emitir declaratorias de protección de denominación de origen y autorizarla, pues es el Estado mexicano el propietario de los derechos.

Algunos productos con Denominación de Origen en México son:

Charanda: Se obtiene al destilar la caña de azúcar o sus derivados como el piloncillo o la melaza. La zona protegida comprende 16 municipios de la parte central del estado de Michoacán.

Bacanora: Bebida alcohólica regional del Estado de Sonora, obtenida por destilación y rectificación de mostos, preparados directa y originalmente con los azúcares extraídos de la molienda de las cabezas maduras de Agave angustifolia Haw, hidrolizadas por cocimiento, y sometidas a fermentación alcohólica con levaduras. El bacanora es un líquido que, de acuerdo a su tipo, es incoloro o amarillento cuando es madurado en recipientes de madera de roble o encino, o cuando se aboque sin madurarlo.

Sotol: Se obtiene de las plantas conocidas como sotol o sereque, que se cultiva en Chihuahua, Coahuila y Durango

Tequila: El nombre debe usarse sólo para nombrar a las bebidas hechas de agave Tequilana Weber. Se establece como territorio de origen el estado de Jalisco y algunas tierras de Nayarit, Michoacán, Guanajuato y Tamaulipas.

Mezcal: Se elabora con agave y su región geográfica abarca los estados de Guerrero, Oaxaca, Durango, San Luis Potosí, Guanajuato, Tamaulipas y Zacatecas.

Olinalá: Artesanías como baúles y cajas de madera que provienen del árbol de lináloe tienen su buena DO. La región geográfica comprende el municipio de Olinalá al noroeste de Chilpancingo, Guerrero.

Talavera: Producto artesanal de la Zona de Talavera, región que comprende Atlixco, Cholula, Puebla y Tecali. La materia prima que se utiliza en su elaboración es arcilla extraída de las minas de la región.

Café Veracruz: Sus profundos suelos volcánicos, su alta humedad todo el año y sus inviernos nublados le dan su intenso sabor y cuerpo. Su zona de protección incluye todo el estado.

Vainilla de Papantla: Ampara el fruto maduro de la orquídea vanilla planifolia Andrews, y mezcla de subespecies. El territorio protegido abarca 39 municipios de Veracruz y Puebla.

Chile habanero de la península de Yucatán: se considera uno de los chiles más picantes del mundo y se cultiva en los tres estados que conforman su territorio: Campeche, Quintana Roo y Yucatán.

Café de Chiapas: Se cultiva en suelos volcánicos, apto por su humedad y temperatura, se encuentra protegido en varios municipios.

Mango Ataulfo del Soconusco, Chiapas: Su pulpa de consistencia firme, sabor dulce y baja acidez lo caracterizan. La zona comprende varios municipios del estado.

Ámbar de Chiapas: el municipio de Simojovel produce 90% del total del ámbar que se extrae de Chiapas (y tiene 25 millones de años) aunque todo el estado se encuentra protegido.

Fuentes:
http://www.wipo.int/geo_indications/es/

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Mezcal jícara

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